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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo de interés
mayo 15, 2018

Desde 1979 en Colombia se han implementado normas para desarrollar gestiones y controles en la salud ocupacional para mejorar la calidad de vida de las personas en sus lugares de trabajo.

En consideración de lo anterior el pasado 27 de marzo de 2017, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 1111 de 2017 en la que se establecen los requisitos y las fechas límites para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Este documento normativo, a diferencia de las anteriores normas, determina los plazos específicos en que se deberán implementar las acciones por parte de empleadores sobre la planeación, las acciones, las verificaciones y las mejoras para garantizar las condiciones de seguridad y salud a sus trabajadores.

Esta nueva normativa establece protecciones adicionales en salud y seguridad en la realización de actividades sobre los contratistas, estudiantes, trabajadores en misión y en general a todas las personas que presten servicios o ejecuten labores en las instalaciones, sedes o centros de trabajo de la empresa empleadora o contratante a cargo de quien se beneficie de sus servicios.

Hasta el momento se han vencido los términos para dos de las fases determinadas y correspondientes a: (i) La evaluación inicial en la cual las empresas debieron realizar una autoevaluación para identificar las prioridades y las necesidades en seguridad y salud en el trabajo (con vigencia hasta agosto de 2017) y (ii) El plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial, en el que las empresas deben establecer el plan de mejora conforme a la evaluación inicial (con vigencia hasta diciembre de 2017).

Actualmente se encuentra en marcha la fase de ejecución, la cual proyecta la Resolución 1111 de 2017 que sea desarrollada entre enero a diciembre de 2018; durante este periodo se deberá implementar el plan de mejoramiento de condiciones en seguridad y salud en el trabajo en coherencia con la autoevaluación. Para el cumplimiento del ordenamiento jurídico que regula este campo es necesario tener todos los soportes y la documentación que permitan identificar una trazabilidad en las diferentes etapas, el cumplimiento en las condiciones exigidas y la implementación del sistema en cuestión.

Una vez culminadas las anteriores etapas mencionadas, las empresas deberán desarrollar mecanismos de seguimiento y verificación del SG-SST en concordancia con el plan de mejora proyectado. De esta forma la norma obliga a las empresas a tener cuidados preventivos que disminuyen los riesgos de ocasionar un perjuicio no solo en los trabajadores, sino también a las compañías. Estas últimas etapas denominadas seguimiento y plan de mejora e inspección, vigilancia y control deberán desarrollarse entre marzo de 2019 y abril de 2019 respectivamente.

El Ministerio del Trabajo expedirá un certificado de acreditación como reconocimiento oficial a las empresas, trabajadores y contratistas con excelente calificación de los estándares mínimos que aportan valor agregado y ejecutan de manera permanente actividades adicionales a las establecidas en la legislación, que impactan positivamente en la salud y bienestar de los trabajadores, estudiantes y contratistas.

Finalmente, los expertos recomiendan desarrollar el SG-SST con el suficiente tiempo de antelación y en caso de no dominar los conceptos técnicos deben asesorarse con un apoyo externo que pueda apoyar en la documentación y las recomendaciones para cumplir con los objetivos de las normas.


LA REPÚBLICA

Autor: Catalina Botero

Asociada área de práctica Derecho Laboral y Migratorio

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