Ir al contenido
POSSE HERRERA RUIZ
Main Menu
  • Inicio
  • Quienes somos
    • Nuestra Firma
    • Nuestra Historia
    • Diversidad e inclusión
    • Responsabilidad Social
    • Medio Ambiente
    • Gobernanza de IA
  • Abogados
  • Servicios
      • Aduanas y comercio exterior
      • Agroindustria
      • Clientes privados
      • Competencia y protección al consumidor
      • Cumplimiento e investigaciones internas
      • Derecho corporativo
      • Derecho financiero & mercado de capitales
      • Derecho laboral y migratorio
      • Derecho penal corporativo
      • Derecho público
      • Energía y Recursos Naturales
      • Fondos de Inversión
      • Fusiones y adquisiciones
      • Fintech y criptoactivos
      • Impuestos
      • Infraestructura
      • Inmobiliario
      • Insolvencia
      • La Gobernanza de la IA
      • Medio Ambiente
      • Privacidad y ciberseguridad
      • Propiedad intelectual
      • Resolución de conflictos
      • Seguros
      • Sostenibilidad corporativa
      • Urbanismo
      • Aduanas y comercio exterior
      • Agroindustria
      • Clientes privados
      • Competencia y protección al consumidor
      • Cumplimiento e investigaciones internas
      • Derecho corporativo
      • Derecho financiero & mercado de capitales
      • Derecho laboral y migratorio
      • Derecho penal corporativo
      • Derecho público
      • Energía y Recursos Naturales
      • Fondos de Inversión
      • Fusiones y adquisiciones
      • Fintech y criptoactivos
      • Impuestos
      • Infraestructura
      • Inmobiliario
      • Insolvencia
      • La Gobernanza de la IA
      • Medio Ambiente
      • Privacidad y ciberseguridad
      • Propiedad intelectual
      • Resolución de conflictos
      • Seguros
      • Sostenibilidad corporativa
      • Urbanismo
  • Industrias
      • Agroindustria y forestal
      • Alimentos y bebidas
      • Automotriz
      • Consumo masivo
      • Energía y renovables
      • Hotelería y entretenimiento
      • Infraestructura
      • Logística y transporte
      • Manufactura
      • Minería
      • Petróleo y gas
      • Salud y farmacéutico
      • Seguros
      • Servicios financieros
      • Tecnología, medios y telecomunicaciones
      • Agroindustria y forestal
      • Alimentos y bebidas
      • Automotriz
      • Consumo masivo
      • Energía y renovables
      • Hotelería y entretenimiento
      • Infraestructura
      • Logística y transporte
      • Manufactura
      • Minería
      • Petróleo y gas
      • Salud y farmacéutico
      • Seguros
      • Servicios financieros
      • Tecnología, medios y telecomunicaciones

      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

  • Noticias
  • Contáctanos

COVID 19 | DERECHO TRIBUTARIO Y COMERCIO EXTERIOR | 18 DE MARZO

Artículo de interés
marzo 19, 2020

Sobre las restricciones a operaciones de importación y exportación de mercancías

Debido a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19, declarada mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, el Gobierno Nacional ha venido adoptando diversas medidas para prevenir y controlar su propagación. De acuerdo con lo anterior, por medio del Decreto 412 del 16 de marzo de 2020, se decretó el cierre de pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú y Brasil del 17 de marzo al 30 de mayo de 2020. Así mismo, se continuó con el cierre de la frontera con Venezuela hasta la misma fecha.

No obstante lo anterior, dichas restricciones no aplicarán para el transporte de carga efectuado entre los pasos de frontera antes señalados, ni para aquellos tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito y fuerza mayor.

Por lo anterior, entendemos que las operaciones de importación y exportación de bienes en el País no se encuentran restringidas ni limitadas, debiendo los operadores de comercio exterior seguir brindando servicios a los usuarios dentro del marco legal.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (“DIAN”), mediante comunicado de prensa No. 18 de 2020 La DIAN, con el fin de brindar seguridad a los contribuyentes, adoptó una serie de medidas preventivas, dentro de las cuales se destacan las siguientes:

  1. La DIAN tiene a disposición de los contribuyentes servicios virtuales que evitan su desplazamiento y asistencia a lugares con gran afluencia de personas.
  2. La atención para trámites y servicios en ventanilla será exclusivamente para clientes con cita o vencimientos ese día.
  3. El ingreso al punto de contacto será exclusivo para los ciudadanos titulares de los trámites, representantes o apoderados debidamente acreditados, sin acompañantes.
  4. El servicio de quiosco de autogestión en el punto de contacto solo está habilitado para personas que tengan vencimientos del día.

¿Se ha limitado la importación y exportación de algunos bienes durante este periodo?

El Gobierno Nacional no ha limitado la importación y exportación de bienes durante el periodo de contingencia del COVID-19; es más, se encuentra preparando un paquete de medidas económicas para mitigar los impactos en algunos sectores de la economía (p.e. aviación y turismo), en donde se reducirán los aranceles para la importación de algunos insumos relacionados con los sectores de salud y de aviación, de manera temporal.

¿Se ha establecido alguna amnistía o discrecional en el pago de sanciones de comercio exterior? ¿Qué se ha mencionado sobre el plazo del 22 de marzo?

A la fecha no se han establecido amnistías en el pago de sanciones de comercio exterior con ocasión de la declaratoria de emergencia sanitaria.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo está preparando un proyecto de Decreto con medidas transitorias para articular la normatividad de las zonas francas, con los lineamentos de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional, con el fin de permitir, de manera temporal y hasta por el término que dure la declaratoria de la emergencia sanitaria, que los empleados de las zonas francas realicen su labor fuera del área declarada y el usuario operador deberá autorizar la salida de equipos de telecomunicación necesarios para el contacto entre el trabajador y la empresa.

Por otra parte, la DIAN no se ha pronunciado sobre la posibilidad de realizar una extensión del plazo del 22 de marzo de 2020 sobre la eliminación de los beneficios de los Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP) y Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX). Sin embargo, tenemos conocimiento de que la Asociación Nacional de Comercio Exterior (ANALDEX) radicó ante la Dirección de Gestión de Aduanas de la DIAN una solicitud para la extensión del plazo mencionado.

Términos DIAN

La DIAN expidió hoy la Resolución 22 del 18 de marzo de 2020 mediante la cual suspendió los términos de todos los procesos y actuaciones administrativas en asuntos de índole tributario, aduanero y cambiario desde el 19 de marzo hasta el 3 de abril, inclusive, día en que decidirá a mas tardar si se prorroga la suspensión.

Para efectos aduaneros la suspensión cobija adicionalmente los tramites relacionados con: (i) plazos de autorizaciones o habilitaciones; (ii) respuestas a requerimientos ordinarios de información, (iii) plazos internos para efectuar visitas; (iv) tránsitos, almacenamiento y transporte multimodal; (v) plazos para reimportar las mercancías exportadas temporalmente; (vi) plazos para importar menajes; y (vii) plazos para presentar entregas urgentes.

Adicionalmente, se suspendieron los términos internos de la DIAN para gestionar solicitudes y denuncias por el Sistema Informático Electrónico de PQRS, para decidir solicitudes especiales del RUT y en general, todas las peticiones presentadas a través del sistema informático electrónico. Durante el término de suspensión no habrá atención al público en las dependencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Términos Judiciales en general

El Consejo Superior de la Judicatura profirió el 15 de marzo de 2020 el Acuerdo PCSJA20-11517, a partir del cual suspendió los términos judiciales en todo el país desde el 16 hasta el 20 de marzo, con excepción de los despachos judiciales que cumplen la función de control de garantías y los despachos penales de conocimiento que tengan programadas audiencias con personas privadas de la libertad, las cuales se podrán realizar virtualmente, y de las tutelas.

A más tardar el 20 de marzo del Consejo Superior de la Judicatura se pronunciará sobre la continuidad de estas medidas.

Términos Judiciales Consejo de Estado

El Consejo de Estado profirió el 16 de marzo de 2020 la Circular 003, en la cual suspendió los términos de los asuntos judiciales y administrativos de conocimiento del Consejo de Estado desde el 17 de marzo hasta el 3 de abril, día en que evaluaran la situación y se tomarán las medidas que corresponda. Están evaluando como gestionar las tutelas y se decidió continuar los trámites relacionados con los derechos a la salud en conexidad con la vida y la libertad.

Puede consultar otras medidas adoptadas en el siguiente boletín.

Boletín Informativo COVID 19 | 18 de marzo

Para asuntos legales relacionados con el coronavirus, por favor comuniquese con Juan David Velasco al correo juan.velasco@phrlegal.com

AntAnteriorCOVID 19 | DERECHO INMOBILIARIO Y URBANÍSTICO | 18 DE MARZO
SiguienteCOVID 19 | DERECHO PENAL CORPORATIVO | 18 DE MARZOSiguiente
Posse Herrera Ruiz
  • BOGOTÁ
  • Tel: +57 601 325 7300
  • Fax: +57 601 325 7313
  • Cra 7 No 71-52, Torre A Oficina 504
  • Código Postal: 110231
  • MEDELLÍN
  • Tel:+57 604 448 8435
  • Cra 43A # 1 – 50 Torre 2
  • Oficina 864, San Fernando Plaza
  • Código Postal: 050021
  • BARRANQUILLA
  • Tel: +57 605 311 2140
  • Cra 53 # 82 – 86
  • Piso 4
  • Código Postal: 080001
  • Política de cookies
  • Política de tratamiento de datos personales
  • Políticas de cumplimiento anticorrupción y ética empresarial
  • Política General de Seguridad de la Información
Facebook Linkedin Twitter
  • Bufete de abogados
  • Derecho público en Bogotá
  • Derecho laboral en Colombia
  • Derecho privado en Bogotá
  • Firma de abogados
  • Abogados Medellin
  • Derecho tributario en Colombia
  • Abogados en Colombia
  • Abogados Bogotá
  • Abogados Barranquilla
  • Derecho público
  • Derecho privado

©Posse Herrera Ruiz. Diseño realizado por Pixelpro.

Usamos cookies para asegurar que te damos la mejor experiencia en nuestra web. Si continúas usando este sitio, asumiremos que estás de acuerdo con ello.