DIAN aclara que el documento soporte de pago de nómina electrónica no es asimilable al desprendible de nómina
A través del Decreto 728 de 2022 el Gobierno Nacional definió:
Mediante Concepto 100208192-457, la DIAN recordó que el soporte de nómina electrónica es únicamente para soportes de la deducibilidad de pagos o abonos en cuenta realizados por el empleador en virtud de una relación laboral. Por lo tanto, los rubros reportados en la nómina electrónica tendrían implicación para el trabajador únicamente al momento del pago.
De esta manera, la DIAN aclara que: (i) los soportes de nómina electrónica no reemplazan los desprendibles de nómina; y (ii) las personas naturales deberán determinar la obtención de sus ingresos conforme a los desprendibles de nómina y la certificación de ingresos y retenciones.
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