Noticias de la región: Nuevo límite para la deducción de interés en Perú
Les queremos recordar que la Administración Tributaria del Perú – SUNAT ha emitido el Decreto Supremo 402-2021-EF en el Boletín Oficial que aclara las normas para las reglas de limitación de la deducción de intereses.
A partir del 1 de enero de 2021 no serán deducibles los intereses que superen el 30% del EBITDA del año anterior. Si los intereses no son deducibles, se podrán trasladar durante cuatro años, siempre sujeto a la limitación del 30% del EBITDA.
Las empresas multinacionales que realizan transacciones financieras deben preocuparse por la aplicabilidad de las anteriores normas a sus políticas de precios de transferencia existentes y en general a las actividades futuras de financiación grupal.
Estaremos a su disposición, con un equipo especializado, para asistirle en caso de que necesite cualquier orientación.
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