Registro de beneficiarios efectivos obligados a inscribirse en el RUT
Las sociedades nacionales y estructuras sin personería jurídica, tendrán la obligación de reportar a sus beneficiarios finales hasta el próximo 31 de diciembre de 2022. Para cumplir con esta obligación, las estructuras sin personería jurídica deberán confirmar estar debidamente inscritas en el RUT.
Es importante que los contribuyentes, sociedades nacionales, sociedades extranjeras y entidades sin personería jurídica, confirmen con suficiente antelación: (i) si están obligadas a reportar a sus beneficiarios finales; y (ii) a quién o quienes deben reportar como beneficiarios finales.
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