Ir al contenido
POSSE HERRERA RUIZ
Main Menu
  • Inicio
  • Quienes somos
    • Nuestra Firma
    • Nuestra Historia
    • Diversidad e inclusión
    • Responsabilidad Social
    • Medio Ambiente
    • Gobernanza de IA
  • Abogados
  • Servicios
      • Aduanas y comercio exterior
      • Agroindustria
      • Clientes privados
      • Competencia y protección al consumidor
      • Cumplimiento e investigaciones internas
      • Derecho corporativo
      • Derecho financiero & mercado de capitales
      • Derecho laboral y migratorio
      • Derecho penal corporativo
      • Derecho público
      • Energía y Recursos Naturales
      • Fondos de Inversión
      • Fusiones y adquisiciones
      • Fintech y criptoactivos
      • Impuestos
      • Infraestructura
      • Inmobiliario
      • Insolvencia
      • Medio Ambiente
      • Privacidad y ciberseguridad
      • Propiedad intelectual
      • Resolución de conflictos
      • Seguros
      • Sostenibilidad corporativa
      • Urbanismo
      • Aduanas y comercio exterior
      • Agroindustria
      • Clientes privados
      • Competencia y protección al consumidor
      • Cumplimiento e investigaciones internas
      • Derecho corporativo
      • Derecho financiero & mercado de capitales
      • Derecho laboral y migratorio
      • Derecho penal corporativo
      • Derecho público
      • Energía y Recursos Naturales
      • Fondos de Inversión
      • Fusiones y adquisiciones
      • Fintech y criptoactivos
      • Impuestos
      • Infraestructura
      • Inmobiliario
      • Insolvencia
      • Medio Ambiente
      • Privacidad y ciberseguridad
      • Propiedad intelectual
      • Resolución de conflictos
      • Seguros
      • Sostenibilidad corporativa
      • Urbanismo
  • Industrias
      • Agroindustria y forestal
      • Alimentos y bebidas
      • Automotriz
      • Consumo masivo
      • Energía y renovables
      • Hotelería y entretenimiento
      • Infraestructura
      • Logística y transporte
      • Manufactura
      • Minería
      • Petróleo y gas
      • Salud y farmacéutico
      • Seguros
      • Servicios financieros
      • Tecnología, medios y telecomunicaciones
      • Agroindustria y forestal
      • Alimentos y bebidas
      • Automotriz
      • Consumo masivo
      • Energía y renovables
      • Hotelería y entretenimiento
      • Infraestructura
      • Logística y transporte
      • Manufactura
      • Minería
      • Petróleo y gas
      • Salud y farmacéutico
      • Seguros
      • Servicios financieros
      • Tecnología, medios y telecomunicaciones

      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

  • Noticias
  • Contáctanos

REQUISITOS PARA ACCEDER AL INCENTIVO TRIBUTARIO DE RENTA EXENTA PARA EMPRESAS DE ECONOMÍA NARANJA

Artículo de interés
junio 14, 2022

Requisitos para acceder al incentivo tributario de renta exenta para empresas de economía naranja

 

En caso de que la sociedad desarrolle una actividad de economía naranja, el contribuyente podrá acceder al incentivo tributario de renta exenta por un término de 5 años, siempre y cuando la sociedad cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano y el objeto social exclusivo debe ser el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.
  2. Estar legalmente constituidos. Este requisito se verificará con base en la información que obre en el certificado de existencia y representación legal.
  3. Presentar la solicitud de calificación del proyecto.
  4. Tener debidamente expedido y en firme el acto administrativo de conformidad del Comité de Economía Naranja.
  5. Cumplir con el requisito de ingresos brutos anuales fiscales inferiores a ochenta mil (80.000) unidades de valor tributario (UVT), equivalente en el 2022 a COP 3.040.320.000.
  6. Estar inscrito en el Registro Único Tributario -RUT como contribuyente del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios.
  7. Cumplir con un monto de inversión de 4.400 unidades de valor tributario (UVT) – COP 167.217.600 en el año 2022- en un plazo máximo de tres (3) años gravables.
    • Nota: Se considerará inversión: la adquisición de propiedad, planta y equipo y la adquisición de los activos intangibles adquiridos separadamente, es decir, aquellos por los cuales el contribuyente paga por su adquisición. También se considera inversión aquella que se realice con base en el numeral 3 del artículo 74-1 del Estatuto Tributario, específicamente, de los gastos de investigación, desarrollo e innovación, el costo fiscal está constituido por todas las erogaciones asociadas al proyecto de investigación, desarrollo e innovación, salvo las asociadas con la adquisición de edificios y terrenos. Lo anterior, siempre y cuando las inversiones no se lleven a cabo a través de vinculados económicos o partes relacionadas. El valor mínimo de la inversión en propiedad, planta y equipo, activos intangibles y demás inversiones, mencionadas anteriormente, se determinará por el costo fiscal atendiendo lo dispuesto en el Estatuto Tributario.
  8. Cumplir con los siguientes montos mínimos de empleo:

Ingresos brutos fiscales en UVT en el respectivo año fiscal

 

 

Desde

Hasta

Empleos por rango (no acumulativos por cambio de rango)

0

6.000

3

6.001

15.000

4

15.001

30.000

5

30.001

65.000

7

65.001

Menos de 80.000

8

 

Nota: Dichas empresas deberán acreditar que los empleados que sean contratados con vínculo laboral no ostenten, de acuerdo con la normativa la calidad de administradores de la respectiva sociedad, tales como representante legal o gerente, representante legal suplente o subgerente; ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes.

Ahora bien, Para efectos de determinar el número de empleados durante el respectivo año gravable, se calculará el promedio así: Se sumará la cantidad de trabajadores de cada mes y se dividirá por el respectivo número de meses. El resultado se ajustará al entero más cercano.

Finalmente, una vez verificados los requisitos, los contribuyentes deberán presentar una solicitud de calificación del proyecto de inversión al Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura virtualmente a través de la plataforma habilitada por el Ministerio de Cultura.

 

Si desea obtener más información y asesoría en este tema, no dude en contactar a Posse Herrera Ruiz.

 

Para mas información, contactar a:

Ernesto Cavelier
ernesto.cavelier@phrlegal.com

Margarita Jaramillo
margarita.jaramillo@phrlegal.com

AntAnteriorACTIVIDADES DE INCLUSIÓN PARCIAL Y TOTAL QUE ENCAJAN EN EL CONCEPTO DE ECONOMÍA NARANJA
SiguienteSANCIONADA LEY QUE ESTABLECE LA VIGENCIA PERMANENTE DEL DECRETO 806 DEL 2020Siguiente
Posse Herrera Ruiz
  • BOGOTÁ
  • Tel: +57 601 325 7300
  • Fax: +57 601 325 7313
  • Cra 7 No 71-52, Torre A Oficina 504
  • Código Postal: 110231
  • MEDELLÍN
  • Tel:+57 604 448 8435
  • Cra 43A # 1 – 50 Torre 2
  • Oficina 864, San Fernando Plaza
  • Código Postal: 050021
  • BARRANQUILLA
  • Tel: +57 605 311 2140
  • Cra 53 # 82 – 86
  • Piso 4
  • Código Postal: 080001
  • Política de cookies
  • Política de tratamiento de datos personales
  • Políticas de cumplimiento anticorrupción y ética empresarial
  • Política General de Seguridad de la Información
Facebook Linkedin Twitter
  • Bufete de abogados
  • Derecho público en Bogotá
  • Derecho laboral en Colombia
  • Derecho privado en Bogotá
  • Firma de abogados
  • Abogados Medellin
  • Derecho tributario en Colombia
  • Abogados en Colombia
  • Abogados Bogotá
  • Abogados Barranquilla
  • Derecho público
  • Derecho privado

©Posse Herrera Ruiz. Diseño realizado por Pixelpro.

Usamos cookies para asegurar que te damos la mejor experiencia en nuestra web. Si continúas usando este sitio, asumiremos que estás de acuerdo con ello.AceptoPolítica de cookies