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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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SE INTRODUCEN NUEVAS OBLIGACIONES PARA LOS CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL

Boletín legal
octubre 20, 2016

SE INTRODUCEN NUEVAS OBLIGACIONES PARA LOS CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL

Los contratos de colaboración, consorcios, uniones temporales, joint ventures y cuentas en participación, mantienen su condición de no contribuyentes del impuesto sobre la renta pero adquieren nuevas obligaciones formales ante la DIAN

Se propone modificar el artículo 18 del Estatuto Tributario, para abarcar otras tipologías de colaboración empresarial tales como los joint ventures y cuentas en participación, adicionándolas a los consorcios y uniones temporales ya existentes. Todas estas figuras contractuales mantendrían su condición de no contribuyentes del impuesto sobre la renta.

La norma indica que los partícipes deberían declarar de manera independiente los ingresos, costos y deducciones que les correspondan de acuerdo con su participación en el contrato de colaboración empresarial.

Adicionalmente, se establecerían nuevas obligaciones formales para las partes, como aquella para el gestor o representante de certificar a los partícipes la información financiera y fiscal relacionada con el contrato, y la de suministrar a la DIAN la información que le sea solicitada con relación al mismo. Igualmente la norma prevé la posibilidad que las partes de estos contratos lleven contabilidad bajo los estándares de las Normas Internacionales de Información Financiera.

Si los contratos tienen un rendimiento garantizado, las relaciones comerciales entre las partes se tratarían para todos los efectos fiscales como relaciones entre partes independientes.

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