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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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LA DIAN PODRÁ CONCILIAR EN PROCESOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS

Boletín legal
diciembre 9, 2016

LA DIAN PODRÁ CONCILIAR EN PROCESOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS

Se faculta a la DIAN para conciliar con el contribuyente en procesos de naturaleza contencioso administrativa

Los contribuyentes podrán conciliar con la DIAN una vez admitida la demanda de Nulidad y Restablecimiento, así:

  • Por el treinta por ciento (30%) de las sanciones, intereses y actualizaciones según el caso, siempre y cuando el proceso se encuentre en única o primera instancia y el contribuyente pague la totalidad del impuesto o contribución en discusión y el setenta (70%) del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones.
  • Por el veinte por ciento (20%) de las sanciones, intereses y actualizaciones según el caso, cuando el proceso se encuentre en segunda instancia y el contribuyente pague la totalidad del impuesto o contribución en discusión y el ochenta (80%) del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones.
  • Cuando el acto demandado imponga una sanción dineraria y no se discutan tributos o aportes en el proceso, la conciliación operará respecto del cincuenta por ciento (50%) de las sanciones actualizadas.
  • Si se están discutiendo sanciones por devoluciones o compensaciones improcedentes, será posible conciliar por el cincuenta por ciento (50%) de las sanciones actualizadas, siempre y cuando el contribuyente reintegre el cien por ciento (100%) de las sumas devueltas o compensadas en exceso.

Para que proceda esta conciliación, la demanda contencioso administrativa debe haberse admitido antes de la entrada en vigencia de la norma propuesta y no debe haberse proferido sentencia en firme que ponga fin al proceso. La solicitud de conciliación deberá radicarse ante la DIAN, antes del 30 de septiembre del 2017.

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