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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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COVID 19 | Ampliación de plazos en materia tributaria

Artículo de interés
abril 2, 2020

Bogotá D.C.: Ampliación de los plazos de impuestos distritales

La Secretaría Distrital de Hacienda amplío los plazos para la declaración y pago del impuesto de industria y comercio; el impuesto predial unificado y el impuesto de vehículos.

En el marco de la contingencia generada por el COVID-19 la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la Resolución 000195 de 2020, con el fin de extender los plazos para cumplir con las obligaciones tributarias del periodo gravable 2020. Los nuevos plazos para presentar y declarar los diferentes impuestos son los siguientes:

  1. Industria y comercio: declaración y pago del segundo y tercer bimestre (marzo – abril y mayo – junio) hasta el 31 de julio de 2020.
  2. Impuesto predial unificado vigencia 2020:
    1. Con descuento del 10%: hasta el 5 de junio de 2020.
    2. Sin descuento: hasta el 26 de junio de 2020.
    3. Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntarias (SPAC): la declaración inicial deberá presentarse antes del 30 de abril de 2020.
      1. El plazo de pago de las cuatro (4) cuotas será el siguiente:
        1. Primera cuota: 12 de junio de 2020
        2. Segunda cuota: 14 de agosto de 2020
        3. Tercera cuota: 9 de octubre de 2020
        4. Cuarta cuota: 11 de diciembre de 2020.
  3. Impuesto de vehículos:
    1. Descuento del 10%: hasta el 3 de julio de 2020.
    2. Sin descuento: hasta el 24 de julio de 2020

Nueva ampliación de vencimientos para declarar y pagar impuestos nacionales

Gobierno nacional prorrogó de manera general fechas para la presentación y pago de impuesto sobe la renta. Plazos para pagar IVA fueron ampliados para determinadas actividades.

Siguiendo con las medidas por la declaratoria de la emergencia sanitaria por la propagación del COVID 19, el Gobierno Nacional amplió de manera general los plazos para (i) la presentación y pago del impuesto sobre la renta y (ii) la presentación de la declaración anual de activos en el exterior de la siguiente manera:

  1. Impuesto sobre la renta:
    1. Grandes contribuyentes – declaración y pago de la segunda cuota: entre el 21 de abril y el 5 de mayo, de acuerdo con el último dígito del NIT. El pago de la tercera cuota del impuesto sobre la renta no fue modificado, por lo cual deberá realizarse entre el 9 de junio y el 24 de junio, de acuerdo con el último número del NIT.
    2. No grandes contribuyentes – declaración y pago de primera cuota: entre el 21 de abril y el 19 de mayo, de acuerdo con los dos últimos números del NIT.

El pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta no fue modificado, por lo cual deberá realizarse entre el 9 de junio y el 24 de junio, de acuerdo con el último número del NIT.

  1. Declaración anual de activos en el exterior:
    1. Personas jurídicas grandes contribuyentes: entre el 21 de abril y el 5 de mayo de 2020, de acuerdo con el último número del NIT.
    2. Personas jurídicas no grandes contribuyentes: entre el 21 de abril y el 19 de mayo de 2020, de acuerdo con los dos últimos números del NIT.

Los plazos para el pago de IVA fueron ampliados para agencias de viaje, operadores turísticos y empresas que vendan comidas preparadas gravadas con IVA de la siguiente manera:

  1. Declaración bimestral – bimestre marzo y abril: 30 de junio de 2020
  2. Declaración cuatrimestral – enero a abril: 30 de junio de 2020

Así mismo, el plazo para el pago del impuesto al consumo del bimestre marzo – abril fue ampliado hasta el 30 de junio para empresas que vendan comidas y alimentos gravados con dicho impuesto.

Ampliación de plazos en Bogotá para impuesto predial y vehículos automotores

Contribuyentes tendrán hasta el 5 de junio de 2020 para pagar el impuesto predial con descuento del 10%.

Como consecuencia de la emergencia sanitaria por la propagación del COVID 19, la Alcaldía Mayor de Bogotá amplió los plazos para para el pago del impuesto predial unificado y el impuesto de vehículos de la siguiente forma:

  • Impuesto predial – predios residenciales y no residenciales:
    • Con descuento del 10%: hasta el 5 de junio de 2020.
    • Sin descuento: hasta el 26 de junio de 2020.
    • Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntarias (SPAC): la declaración inicial deberá presentarse antes del 30 de abril de 2020. El plazo de pago de las cuatro (4) cuotas será el siguiente:
      • Primera cuota: 12 de junio de 2020
      • Segunda cuota: 14 de agosto de 2020
      • Tercera cuota: 9 de octubre de 2020
      • Cuarta cuota: 11 de diciembre de 2020
  • Impuesto de vehículos:
    • Descuento del 10%: hasta el 3 de julio de 2020.
    • Sin descuento: hasta el 24 de julio de 2020

Decreto 093 de 2020

Nuevos plazos para presentación de información exógena nacional

Los vencimientos para transmisión de medios magnéticos a la DIAN comenzarán el 15 de mayo de 2020.

En el maro de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió la Resolución 000027 de 2020, mediante la cual modifica los plazos para transmitir medios magnéticos. Los plazos fueron ampliados de la siguiente manera:

  • Reporte anual de información de 2019:
    • Grandes contribuyentes: entre el 15 de mayo y el 29 de mayo de 2020, según el último dígito del NIT.
    • Personas jurídicas y naturales: entre el 1 de junio y el 1 de julio, según los dos últimos dígitos del NIT.
  • Reporte primer trimestre de 2020:
    • Intermediarios del Mercado Cambiario y Titulares de Cuentas Corrientes de Compensación: hasta el último día hábil del mes de mayo de 2020.
    • Quienes desarrollen actividades de compra y venta de divisas y cheques de viajero: hasta el último día hábil del mes de mayo de 2020.

Resolución 000027 de 2020

Para asuntos legales relacionados con el coronavirus, por favor comuniquese con Juan David Velasco al correo juan.velasco@phrlegal.com

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