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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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COVID 19 | DERECHO FINANCIERO Y MERCADO DE CAPITALES | 20 DE MARZO

Artículo de interés
marzo 20, 2020

Suspensión de términos Superintendencia Financiera de Colombia

En consideración a la emergencia sanitaria declarada por el gobierno nacional, la Superintendencia Financiera de Colombia (“SFC”) emitió la Resolución 305 del 17 de marzo del 2020 mediante la cual suspendió los términos de todas las actuaciones administrativas que se adelantan en esta entidad. Lo anterior significa que los trámites de autorizaciones, procesos sancionatorios y otros procedimientos que requieren pronunciamientos por parte de la autoridad administrativa se encuentran suspendidos entre el 17 de marzo de 2020 y el 8 de abril del mismo año.

Es importante aclarar que las obligaciones periódicas de reporte de información, la remisión de información financiera y otras obligaciones cuyo término se encuentra denominado en meses o períodos no se entienden suspendidas y deben cumplirse a cabalidad. Lo anterior salvo que exista una imposibilidad material de dar cumplimiento a tales obligaciones por no contar con la infraestructura para ello, a manera de ejemplo, si no es posible radicar la documentación por no existir funcionarios disponibles en la entidad. En estos casos, las obligaciones deberán cumplirse el primer día hábil en que los servicios estén disponibles.

Por otro lado, mediante Resolución 001 del 16 de marzo de 2020 el Superintendente Delegado para Funciones Jurisdiccionales de la SFC suspendió hasta el 8 de abril de 2020 los términos procesales de la mencionada delegatura, y dispuso las siguientes medidas:

  • La radicación de documentos se hará únicamente a través del correo super@superfinanciera.gov.co
  • La consulta de expedientes deberá hacerse únicamente a través de la página web de la SFC.
  • Se mantiene la atención telefónica.
  • Se dispone como canal de atención adicional el correo electrónico jurisdiccionales@superfinanciera.gov.co
  • Se aplazan todas las audiencias programadas en el período de suspensión.
  • Las decisiones que se profieran se entenderán notificadas el día en que se reanuden los términos.

Medidas de las autoridades financieras para solventar la crisis

La Superintendencia Financiera ha emitido medidas de apoyo a los deudores que se han visto perjudicados debido a la emergencia sanitaria que afecta el país. Por esto, ha tomado decisiones que permiten que las entidades financieras otorguen nuevas condiciones para sus créditos, tales como periodos de gracia, aumento de plazos, entre otros aspectos. Adicionalmente, se han permitido modificaciones en las condiciones iniciales de los créditos que no tendrán efecto en la calificación de riesgo del deudor, ni en la información sobre su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo. Esta redefinición aplica para créditos comerciales, microcréditos, de consumo e hipotecarios, sin limitación del número de obligaciones.

A efectos de materializar lo anterior, la SFC ha expedido las siguientes circulares para alivianar los efectos de la emergencia sanitaria:

  • Circular Externa 007 de 2020 (Medidas sobre crédito): Los cambios a las condiciones iniciales los créditos pueden contemplar periodos de gracia de acuerdo con el análisis de cada entidad, tiempo durante el cual se deberá mantener la calificación que tenía el deudor al 29 de febrero de 2020.
  • Circular Externa 008 de 2020 (Promueve el uso de canales digitales para la prestación del servicio): fortalece la gestión del riesgo operativo en las entidades vigiladas con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio en un entorno altamente digital.
  • Circular Externa 009 de 2020: Se suspende el requerimiento de la realización de avalúos técnicos de las garantías.
  • Circular Externa 010 de 2020: Pospone los plazos para la presentación de los planes de resolución.

En la declaración del señor Presidente de la República sobre el paquete de medidas económicas para mitigar el impacto de la crisis, junto con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se estableció que se va a poner en funcionamiento una línea de garantías que permitirá a muchas micro, pequeñas, medianas y grandes empresas mantener el pago de sus nóminas durante la vigencia de la emergencia económica y sanitaria.

Finalmente, Bancoldex lanzó una línea especial de crédito “Colombia Responde” por COP$250,000,000,000 para aliviar los efectos negativos del coronavirus en el desempeño de la economía del país. Esta línea de crédito está orientada a los sectores de turismo y aviación y sus respectivas cadenas de suministro, así como con las empresas de espectáculos públicos.

Puede consultar otras medidas adoptadas en el siguiente boletín.

Boletín Informativo COVID 19 | 20 de marzo

Para asuntos legales relacionados con el coronavirus, por favor comuniquese con Mariana Posse al correo mariana.posse@phrlegal.com

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