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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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COVID 19 | DERECHO PENAL CORPORATIVO | 20 DE MARZO

Artículo de interés
marzo 20, 2020

Implicaciones penales

Nuestra legislación contempla varios delitos que podrían cobrar relevancia durante la actual crisis por el COVID-19. De un lado, podrían configurarse os delitos contra la salud pública como el de violación de medida sanitaria (prisión de hasta 8 años) o el de propagación de epidemia (prisión de hasta 10 años). El primero se configura cuando cualquier persona viola una medida sanitaria oficialmente promulgada; el segundo sucede cuando cualquier sujeto dolosamente propaga una enfermedad contagiosa y peligrosa. Así, por ejemplo, en los últimos días las autoridades, con el Ministerio de Salud a la cabeza, han promulgado medidas preventivas sanitarias, como (entre otras) que los viajeros provenientes de China, Italia, Francia o España entren a una cuarentena obligatoria de 14 días. Si alguno de estos viajeros viola esta medida (como, de hecho, se ha reportado en algunos casos por los medios de comunicación), entonces esa conducta podría adecuarse al delito de violación de medida sanitaria.

De otro lado, también podrían configurarse durante esta emergencia los delitos contra el orden económico y social como el de acaparamiento (prisión de hasta 9 años) o el de especulación (prisión de hasta 9 años). El primero de estos delitos consiste en acaparar o sustraer del comercio productos considerados oficialmente como de primera necesidad en cuantía superior a los 50 salarios mínimos mensuales; el segundo sucede cuando un fabricante, productor, distribuidor mayorista pone a la venta productos considerados oficialmente como de primera necesidad a precios superiores a los fijados por autoridad competente. Si bien en los días que vivimos existe una gran incertidumbre social y normativa, promulgándose todos los días nuevas normas para conjurar la crisis, podríamos imaginar como ejemplo de esas conductas que la autoridad competente oficialmente declare a los tapabocas, los guantes u otro producto relacionado con la pandemia como de primera necesidad, y un sujeto decida comprar todos los tapabocas en un mercado para después revenderlos más caros, o que el fabricante de los tapabocas decida venderlos a un precio superior al fijado por la autoridad, adecuándose en esos ejemplos esas acciones a los delitos de acaparamiento y especulación, respectivamente.

Puede consultar otras medidas adoptadas en el siguiente boletín.

Boletín Informativo COVID 19 | 20 de marzo

Para asuntos legales relacionados con el coronavirus, por favor comuniquese con Luis Miguel Russi al correo luis.russi@phrlegal.com

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