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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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¡SE EXTIENDE EL PLAZO PARA ACCEDER AL BENEFICIO TRIBUTARIO DE RENTA EXENTA PARA EMPRESAS DE ECONOMÍA NARANJA!

Artículo de interés
mayo 11, 2022

¡Se extiende el plazo para acceder al beneficio tributario de renta exenta para empresas de economía naranja!

 

El artículo 1.2.1.22.47 del Decreto 286 de 2020 dispuso inicialmente que se consideraban empresas de economía naranja aquellas personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario que estuvieran domiciliadas en el territorio colombiano, que su objeto social estuviese enfocado en el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas y, además, las sociedades debían ser constituidas e iniciar su actividad económica antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2021.

Sin embargo, el artículo 44 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021 modificó este plazo y dispuso que, para aplicar al incentivo tributario de renta exenta para empresas de economía naranja, estas deben, además de cumplir con los otros requisitos, constituirse e iniciar su actividad económica antes del 30 de junio de 2022.

Ahora bien, con el fin de clasificar de manera más precisa las actividades económicas naranja, se determinó que se regirán por la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de todas las actividades económicas. Los CIIU naranja se dividen en tres grandes grupos: (i) Artes y Patrimonio; (ii) Industrias Culturales; e, (iii) Industrias Creativas, Nuevos Medios y Software de contenidos. Cada uno de estos grupos contiene actividades de inclusión total e inclusión parcial.

Una vez se verifique en la CIIU que efectivamente la sociedad desarrolla una actividad de la economía naranja, se deberá comprobar que la sociedad cumpla también con los siguientes requisitos: (i) tener el domicilio principal dentro del territorio colombiano; (ii) estar legalmente constituida; (iii) tener ingresos brutos anuales fiscales inferiores a (80.000) UVT, lo que equivale a COP 3,040,320,072 para el 2022; (iv) estar inscrita en el registro Único Tributario como contribuyente del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios; (v) tener un monto de inversión de 4.400 UVT – equivalente a COP 167,217,600, para el 2022 – en un plazo máximo de 3 años gravables; y (vi) cumplir con los montos mínimos de empleo que oscilan entre 3 y 8 empleados dependiendo de los ingresos brutos fiscales de la sociedad.

Finalmente, una vez verificados todos los requisitos, se debe presentar virtualmente una solicitud de calificación del proyecto de inversión al Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura. Posteriormente, se procede a verificar el cumplimiento de estos y el Ministro de Cultura expide el acto administrativo de conformidad o no conformidad, previo concepto del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles a la presentación del proyecto.

Si desea obtener más información y asesoría en este tema, no dude en contactar a Posse Herrera Ruiz.

 

Para mas información, contactar a:

Ernesto Cavelier
ernesto.cavelier@phrlegal.com

Margarita Jaramillo
margarita.jaramillo@phrlegal.com

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