BOLIVIA, COLOMBIA, ECUADOR Y PERÚ
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA ESTABLECE PAUTAS PARA INFRACCIONES DE DENOMINACIONES DE ORIGEN
Recientemente el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina estableció que no es necesario demostrar que el uso no autorizado de una denominación de origen genera confusión para poder configurar una infracción. Se argumentó que es suficiente con verificar que existe un uso no autorizado susceptible de crear confusión
Igualmente se manifestó que las denominaciones de origen pueden contener elementos genéricos o descriptivos, siendo que normalmente suelen estar conformadas por palabras que indican el lugar geográfico de procedencia de los productos objeto de protección junto con el nombre de los productos mismos.
Adicionalmente, se reiteró que las denominaciones de origen son protegidas en los países en los que se solicita su declaración, a partir de la fecha de la declaración correspondiente.