COLOMBIA
EL INVIMA OTORGA REGISTROS SANITARIOS DE DISPOSITIVOS MÉDICOS AUTOMÁTICAMENTE
El INVIMA, autoridad sanitaria en Colombia, otorga de manera automática los registros sanitarios que autorizan la producción y comercialización de dispositivos médicos en Colombia
La anterior disposición aplica para los dispositivos médicos que no sean de tecnología controlada de clases I y IIa y siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 4725 de 2005, artículos 18, 19, 23 y 29.
El trámite automático implica que una vez se cuenten con todos los documentos requeridos para la solicitud del registro sanitario, se revisen los documentos por el área legal y técnica del INVIMA, al momento de radicar los documentos e inmediatamente se decida si se otorga o no el registro sanitario. Si este permiso es otorgado, el solicitante obtendrá el número del registro que le permitirá iniciar los procesos de producción y comercialización de los productos, pero solo hasta diez (10) días después se emitirá la resolución donde se notifique dicha decisión.