CONCEPTO DE LA DIAN
DIAN aclara requisitos para dar aplicación a la Cláusula General de Graduación de las sanciones
Reducción de sanciones en un 50% o 75% está sujeta al cumplimiento de los requisitos del artículo 640 del Estatuto Tributario.
Mediante el Concepto 5981 del 17 de marzo de 2017, la DIAN confirmó los presupuestos normativos exigidos por el artículo 640 del Estatuto Tributario para dar aplicación a la reducción de las sanciones.
En primer lugar, aclaró que son dos (2) los requisitos concurrentes que deben cumplirse para que el contribuyente pueda acceder a una reducción del 50% de la sanción por extemporaneidad: (i) que dentro de los 2 años anteriores a la fecha de la comisión de la conducta sancionable no se hubiere cometido la misma; y (ii) que la DIAN no haya proferido pliego de cargos, requerimiento especial, o emplazamiento previo por no declarar.
En segundo lugar confirmó que, la posibilidad de reducir sanciones es aplicable a todo el régimen sancionatorio, con excepción de las sanciones contenidas en los parágrafos 2, 3, y 4 del artículo 640 del Estatuto Tributario.
En tercer lugar estableció que, si la sanción no es propuesta voluntariamente por el contribuyente sino que es la administración quien la liquida, el contribuyente necesariamente debe aceptar y subsanar la sanción para poder acceder a su reducción, pues en caso de no hacerlo, no habría lugar a la aplicación de este beneficio.