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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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OFICIO DE LA DIAN

Boletín legal
agosto 25, 2016

OFICIO DE LA DIAN

No constituye una nueva inversión en FNCE bajo la modalidad de leasing, si el contrato fue celebrado con anterioridad a la expedición de la Ley 1715 de 2014

Bajo este supuesto, no se cumplen los requisitos establecidos para acceder al beneficio tributario consagrado en el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014

Mediante su Oficio No. 14749 del 13 de junio de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales— DIAN— se refiere al caso en el que se realizan inversiones en Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) a través de leasing, cuando el contrato se firmó antes de la entrada en vigencia de la Ley 1715 de 2014, pero se realizaron las inversiones para la gestión eficiente de energía bajo ese contrato cuando ésta ya se encontraba vigente.

Al respecto, la DIAN considera que un contrato de leasing firmado antes de la entrada en vigor de la Ley 1715 de 2014 no cumple con el requisito de tratarse de una nueva inversión. Así mismo, la DIAN supone que el contrato no se suscribió con la finalidad de realizar erogaciones en investigación, desarrollo e inversión en el ámbito de la producción y utilización de FNCE o gestión eficiente de la energía, en consideración a que no había entrado en vigor la ley.

Es importante tener en cuenta que la ley establece que las inversiones realizadas a través de la modalidad de leasing deberán cumplir con los requisitos allí establecidos, como que se trate de contratos de leasing financiero con opción irrevocable de compra, que el locatario ejerza esta opción al final del mismo y que la inversión obtenga la certificación de beneficio ambiental por parte del Ministerio de Ambiente.

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