El Edificio Peñas Blancas Propiedad Horizontal solicitaba el cambio y/o reparación de la fachada (costo estimado COP$9.000.000.000) en virtud de la garantía del producto, en atención a supuestos defectos de calidad. Tanto la Superintendencia de Industria y Comercio (1 instancia) como el Tribunal Superior de Bogotá (en apelación) desestimaron las pretensiones al considerar que había operado la prescripción de la acción de protección al consumidor en la medida en que la fachada es un elemento no estructura, que por lo tanto no está cubierto por la garantía decenal del artículo 2060 del Código Civil.