Reuniones no presenciales asamblea general de copropietarios
Los administradores de las propiedades horizontales podrán enviar mediante los mecanismos establecidos en cada reglamento de propiedad horizontal, la respectiva convocatoria a la asamblea general de copropietarios, en la cual se establezcan los medios de comunicación no presenciales mediante los cuales los propietarios podrán deliberar y votar.
Adicionalmente en el caso de aquellas propiedades horizontales que hayan enviado su citación de manera previa a la expedición del Decreto 398 del 13 de marzo de 2020, podrán dar un alcance a la convocatoria inicial, por los mismos medios que fue enviada la convocatoria inicial, hasta un día antes de la asamblea. En este alcance a la convocatoria deberá establecerse los medios de comunicación no presenciales que serán usados.
La asamblea se podrá llevar a cabo de forma no presencial o por medio de mecanismos mixtos (presenciales y no presenciales), siempre y cuando se cumpla con número mínimo de propietarios para deliberar en los términos establecidos en el respectivo reglamento de propiedad horizontal.
Prestación de los servicios notariales
- A partir del 16 de marzo de 2020 y hasta el 20 de mayo de 2020 el servicio se prestará en una jornada única que será elegida por cada Notario:
- lunes a viernes de 8 am a 1 pm o
- lunes a viernes de 1 pm a 6 pm.
- Queda expresamente prohibido:
- Prestar el servicio en clínicas y hospitales.
- Prestar el servicio sábados y domingos
- Los servicios a domicilio podrán prestarse de manera excepcional a mayores de 60 años, siempre y cuando el notario pueda constatar que no haya ingresado recientemente a Colombia proveniente de países con casos confirmados de COVID-19, o no se encuentren en aislamiento preventivo.
- Se suspende la exigencia de la imposición y cotejo de huella dactilar en los trámites y actos notariales.
- No podrán estar presentes más de 5 usuarios en las instalaciones de la Notaría.
Prestación de servicios de las oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de país
A partir 16 de marzo de 2020 y el hasta el 30 de mayo de 2020, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país prestarán su servicio en una jornada única de 8 am a 1 pm.
El número de usuarios presentes en las instalaciones no podrá ser superior a 10 para las oficinas principales y 5 para las seccionales.
Adicionalmente se suspenderán los términos y el servicio de manera total los días 6, 7 y 8 de abril del año 2020.
Puede consultar otras medidas adoptadas en el siguiente boletín.
Boletín Informativo COVID 19 | 18 de marzo
Para asuntos legales relacionados con el coronavirus, por favor comuniquese con Andrés Montoya al correo andres.montoya@phrlegal.com