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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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COLOMBIA

Boletín legal
diciembre 19, 2017

COLOMBIA

EXPEDICIÓN DE LA RESOLUCIÓN NO. 75248 DE 2017 MEDIANTE LA CUAL SE MODIFICA LA CIRCULAR ÚNICA

La Superintendencia de Industria y Comercio profirió la Resolución No. 75348 de 2017, mediante la cual modificó el numeral 6.2.2 del Capítulo Sexto del Título X de la Circular Única en relación a la vigencia de los registros marcarios que se conceden en el país.

La entidad mencionada indica que en virtud de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, los registros de marca concedidos por la Superintendencia de Industria y Comercio tendrán una vigencia de diez años contados a partir de la fecha en la que quede en firme el acto administrativo que conceda el registro.

Así pues, para contabilizar el plazo dentro del cual el titular puede solicitar la renovación se deberá tener como fecha, la concesión del registro marcario según lo señalado anteriormente.

A manera de ejemplo señalamos los siguientes casos:

  • Si contra la resolución de concesión no procede recurso, se entiende que el plazo empezará a contar desde el día hábil siguiente a su notificación.
  • Cuando se presenta un recurso en contra de la resolución de concesión, desde el día hábil siguiente a la notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos.
  • Cuando no se presenta ningún recurso en contra de la resolución de concesión, desde el día hábil siguiente al vencimiento del término para interponer los recursos.
  • En el caso en que se desista del recurso, desde el día hábil siguiente a la notificación de la aceptación del desistimiento.
  • En el caso en que se expida la resolución sin oposiciones y se haga renuncia a términos, desde el día hábil siguiente a la presentación de la renuncia.
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