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      Posse Herrera Ruiz tiene extensa experiencia y un grupo de abogados con amplios conocimientos asesorando compañías líderes en el sector agrario y forestal en asuntos transaccionales así como en derecho corporativo, inmobiliario, regulatorio, estructuración de proyectos y adquisición de tierras entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria de alimentos y bebidas en fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria automotriz en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en consumo masivo en asuntos transaccionales, derecho corporativo, competencia y resolución de conflictos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria energética lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz asesora grupos hoteleros y compañías líderes en la industria en asuntos corporativos, inmobiliarios y transaccionales así como en el desarrollo de proyectos, operación hotelera, construcción y planeación tributarias entre otros.

      Posse Herrera Ruiz ha participado como asesor legal en la estructuración de Asociaciones Público-Privados (APP), contrataciones estatales, crédito público y asuntos presupuestales estatales.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en el sector de logística y transporte en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria manufacturera en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y comercio exterior entre otros.

      Posse Herrera Ruiz cuenta con un equipo de abogados expertos en la industria minera, lo cual le permite prestar una asesoría especializada a sus clientes.

      Posse Herrera Ruiz es líder en la asesoría de todos los segmentos relevantes de la industria de petróleo y gas. En exploración y producción costa afuera la firma representa a los jugadores principales en los bloques adjudicados. En exploración y producción de convencionales la firma cuenta con diversos clientes incluyendo las empresas petroleras de las más grandes del mundo.

      Posse Herrera Ruiz asesora compañías líderes en la industria farmacéutica y de la salud en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones, derecho corporativo, protección al consumidor, comercio internacional y financiamientos entre otros.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías en materia de seguros y reaseguros en asuntos relacionados con fusiones y adquisiciones de compañías aseguradoras, en resolución de conflictos tanto en litigios como arbitramentos, en revisión de pólizas de seguros y reaseguros, así como asuntos regulatorios.

      Posse Herrera Ruiz ha representado a prestamistas locales e internacionales, estructuradores, deudores y demás participantes en los principales créditos sindicados otorgados a empresas nacionales del sector privado. Nuestros clientes incluyen bancos comerciales locales e internacionales, organismos multilaterales, agencias de crédito a la exportación, bancos de inversión, corporaciones financieras y fondos de pensiones.

      Posse Herrera Ruiz asesora a compañías líderes en la industria de telecomunicaciones, medios y tecnología en asuntos transaccionales, fusiones y adquisiciones, derecho corporativo y licitaciones públicas entre otros.

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SE ADICIONÓ A LA LEGISLACIÓN PENAL DOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Boletín legal
diciembre 29, 2016

SE ADICIONÓ A LA LEGISLACIÓN PENAL DOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Se incorporaron los delitos de omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes y de omisión del agente retenedor o recaudador

Con la Reforma Tributaria se crearon los denominados “Delitos Contra la Administración Tributaria”. El delito por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes, sanciona a aquellos contribuyentes que de manera dolosa omitan activos o presenten información inexacta en relación con estos o declaren pasivos inexistentes en un valor igual o superior a siete mil doscientos cincuenta (7.250) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La sanción será de pena privativa de la libertad de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa del veinte por ciento (20%) del valor del activo omitido, del valor del activo declarado inexactamente o del valor del pasivo inexistente.

El delito de omisión de agente retenedor, sanciona a aquellos agentes retenedores o autoretenedores que no consignen las sumas retenidas o autoretenidas dentro de los 2 meses siguientes a la fecha fijada por el Gobierno Nacional. La sanción será de pena privativa de la libertad de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el equivalente a un millón veinte mil (1.020.000) UVT. En esta misma sanción incurrirán los responsables del IVA o del impuesto nacional al consumo, que teniendo la obligación legal de hacerlo, no consignen las sumas recaudadas por dicho concepto dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha fijada por el Gobierno Nacional.

En ambos delitos existe la posibilidad de extinguir la acción penal si el contribuyente presente o corrija las declaraciones correspondientes y realice los respectivos pagos.

Esto se incluyó en los artículos 338 y 339 de la Ley 1819 de 2016.

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