SE CREARÍA EL NUEVO IMPUESTO A LOS DIVIDENDOS
El proyecto de reforma propone gravar el dividendo a ser distribuido a favor de personas naturales y extranjeras que corresponda a utilidades que ya tributaron en el nivel corporativo y establece un incremento en la tarifa de renta para dividendos gravados
El proyecto propone una modificación al régimen de tributación de dividendos que sería aplicable a utilidades que se generen a partir del año 2017.
Si bien se mantiene la regla general, de acuerdo con la cual las utilidades que hayan tributado en el nivel corporativo al ser distribuidas como dividendos no resultan gravadas en cabeza de los accionistas, dicha regla sería aplicable únicamente cuando se trate de dividendos a ser repartidos a favor de personas jurídicas nacionales.
En esa medida, el proyecto propone que cuando se trate de utilidades que tributaron a nivel corporativo y que serán distribuidas como dividendo a favor de sociedades y entidades extranjeras y de personas naturales no residentes en Colombia, la tarifa de retención aplicable sería del 10%.
Para personas naturales residentes fiscales colombianas, la utilidad que ya tributó en el nivel corporativo estaría gravada con tarifas marginales de renta conforme a los 3 rangos que incorpora el proyecto. Para dividendos que no superen aproximadamente la suma de $18.000.000, la tarifa aplicable sería del 0%. En el rango correspondiente a $18.000.000 y $30.000.000 aproximadamente, la tarifa sería del 5%. Finalmente, cuando excedan la suma de $30.000.000, la tarifa sería del 10%.
Por otra parte, la tarifa aplicable a la distribución de dividendos que correspondan a utilidades que no han tributado en el nivel corporativo se incrementaría al 35% para personas jurídicas y naturales tanto residentes como extranjeros. Esta tarifa sería igualmente aplicable cuando se trate de dividendos provenientes de sociedades extranjeras.
Finalmente, el proyecto establece el sistema de retención en la fuente para el régimen de tributación de dividendos.