SE UNIFICARÍA EL SISTEMA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA TRABAJADORES
El sistema de tarifas progresivas de retención en la fuente para pagos laborales oscilaría entre el 0 y el 35%
Se propone modificar el artículo 383 del Estatuto Tributario, para efectos de establecer un sistema de retención en la fuente a pagos originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, y los pagos recibidos por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y riesgos laborales. Se contempla la determinación de seis (6) rangos distintos. En la actualidad la norma consagra cuatro (4) tarifas, donde la mayor asciende al 33%.
El nuevo sistema de retención sería aplicable desde el 1 de marzo de 2017 y en el entretanto se seguiría aplicando el sistema de retención actual.
La base de retención excluiría en su cálculo los (i) ingresos que la ley prevé como no constitutivos de ganancia ocasional y (ii) las deducciones contempladas en el artículo 387 y rentas exentas que no superen el 35% del resultado menos ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.